En referencia a las noticias publicadas en
varios medios estos últimos días, respecto a los distintos EREs y ERTEs presentados en numerosas sociedades del grupo ABENGOA, la Coordinadora Sindical
de Clase quiere transmitir los siguiente:
- El sindicato CSC se mantiene en su posición inicial de rechazar todos los EREs presentados en las distintas sociedades, defendiendo los puestos de trabajo y los derechos de todos los empleados de Abengoa. En este sentido, respaldamos plenamente la postura firme de los trabajadores de Abengoa Solar NT guiados por su Comité de Empresa y por CSC en el Centro Palmas Altas.
- Desde
el principio del conflicto, CSC ha considerado un error estratégico la
política del “mal menor”. Algunos órganos de representación de los trabajadores se han visto
forzados y presionados a firmar acuerdos para paliar las propuestas
iniciales de la empresa. Pero el tiempo, desgraciadamente, nos ha dado la
razón y la dirección de ABENGOA no ha dudado en usar estos “acuerdos”
con la representación de los trabajadores para desvirtuar y desprestigiar
las protestas posteriores de la plantilla y sus representantes.
- No
es casualidad que sea Abengoa Solar NT la única sociedad del
grupo en la que los trabajadores han firmado el rechazo a los distintos
EREs presentados , ya que es la sociedad en la que la mayoría sindical
la ostenta CSC. La firmeza y los principios de CSC se han trasladado, a
través de sus delegados en el centro con mayor número de trabajadores
(Palmas Altas), a los trabajadores mediante las distintas asambleas
convocadas.
- Tanto
CSC como el Comité de Empresa de ASNT en Palmas Altas ha sido
tremendamente transparente, tanto en el traslado de la información a
los trabajadores como en el desarrollo del proceso, dando participación a todos los trabajadores para que intervengan en el mismo.
- La
Dirección de ABENGOA no asimila que los trabajadores se organicen para
defender sus derechos. Es por eso que usa toda maniobra que esté en su mano para
aniquilar cualquier intento de organización de los trabajadores en defensa
de sus intereses.
- Entre
estos métodos está la mentira y la manipulación de la realidad. En el cruce de notas de
prensa entre representantes de los trabajadores y dirección de la empresa
–del que, hasta este momento CSC ha pretendido estar al margen para dar
protagonismo a los trabajadores– ésta última ha declarado que:
“Salvo en Abengoa Solar Nuevas
Tecnologías (ASNT), las medidas colectivas aplicadas han sido acordadas y, en
particular, la mayoría de las de naturaleza extintiva de adscripción
voluntaria. Y aún en ASNT estamos abiertos a recuperar la vía del acuerdo
atendiendo a lo solicitado, en los últimos días, por algunos representantes de
los trabajadores. En esta compañía el acuerdo ganó por unanimidad en los
centros industriales y se perdió por un solo voto en Palmas Altas, pero al
ostentar la mayoría representativa el Comité de Palmas Altas impuso el no
acuerdo. Además, se da la paradoja, que este Comité en el día de ayer fue
declarado ilegítimo por laudo arbitral que obliga a retrotraer el proceso
electoral, del cual salió, al momento anterior a la presentación de
candidaturas.”
Ante esta falaz declaración, la
Coordinadora Sindical de Clase (CSC) debe aclarar lo siguiente:
1. Más
del 50% de los trabajadores de ASNT pertenecen al centro de trabajo de Palmas
Altas, por lo que una votación, en un sentido u otro, en dicho centro, es la que
determina irremediablemente lo que ocurra en la totalidad de la sociedad.
2. Lo
que no cuenta la dirección de Abengoa es que el centro de trabajo de Madrid,
que carece de representación legal de los trabajadores, respaldaba plenamente
la postura del Comité de Empresa de Palmas Altas y de CSC.
3. Es falso que el Comité de Empresa sea ilegítimo ya que el laudo al que hacen
referencia, ha sido impugnado judicialmente, con lo que dicho Comité sigue
vigente Ad cautelam (cautelarmente) hasta que haya una sentencia firme que
diga lo contrario.
4. Respecto
al laudo arbitral, nos parece cuanto menos muy curioso que, tras 10 meses de
silencio administrativo (cuando los laudos arbitrales se resuelven en apenas un
mes o dos, como mucho), la resolución de este laudo aparezca tan solo un día
antes de esta declaración en prensa y justo después del rechazo de dicho Comité
al ERE presentado, siendo el único Comité de Empresa que rechaza de pleno la
medida, según la misma dirección afirma. Ante esto nos preguntamos ¿tan lejos
llegan los tentáculos y el poder de Abengoa en las instituciones?
5. El
laudo arbitral se basa en aceptar la impugnación por parte de la Empresa en que
el actual presidente del Comité de Empresa no impugnó su despido, que se realizó
justo un par de días después de presentar él mismo, en persona, el preaviso de
elecciones sindicales, demostrándose así la represión ejercida por la Dirección
de Abengoa contra la persona del actual presidente y contra CSC, así como el
boicot a la organización de los trabajadores.
6. La
jurisprudencia indica que, aunque haya sido despedido, si el trabajador
presenta demanda contra su despido, éste conservará los derechos inherentes
como trabajador para, por ejemplo, poder presentarse a una candidatura de unas
elecciones sindicales, hasta que no haya sentencia firme que así lo concluya.
7. Resulta
inconcebible que un árbitro designado por la Junta de Andalucía, redacte un
laudo con errores jurídicos tan clamorosos. Tratándose de un árbitro que, a su
vez, es profesor de Derecho Sindical en la UPO (Fernando Elorza Guerrero), se demuestra una de estas dos cosas: o su desconocimiento e incompetencia ante un tema del que
intenta formar a jóvenes en la Universidad o, en otro caso, que si conoce la
cuestión a fondo, resuelva un laudo cometiendo errores a sabiendas. Desde CSC,
sinceramente, no sabemos cuál de las dos opciones nos produce más escalofríos.
8. Asimismo,
habiendo sido impugnado judicialmente dicho laudo arbitral, ni mucho menos se
puede considerar ilegítimo el Comité de Empresa electo pues deberá ser la
justicia quien lo determine de manera firme. Todo esto a pesar de los deseos de
la Dirección de ABENGOA que, de palabra y de obra, ha mostrado su interés por
aniquilar a la representación de los trabajadores. Ítem más, cuando esta
representación no se doblega a los intereses de la dirección.
- Tras
el rechazo del Comité de Empresa de ASNT y de CSC al ERE y ERTE presentado
en dicha sociedad del grupo ABENGOA, la dirección de la empresa no ha
dudado en manipular a los trabajadores menos conscientes para lanzarlos
contra sus representantes, presionando a los delegados de CSC,
abordándolos por los pasillos de Palmas Altas instándoles a que den marcha
atrás en la decisión de rechazo del ERE.
- Consideramos
desde CSC que estos trabajadores que, quizás inconscientemente, están presionando
a los delegados de CSC, no son más que meras víctimas de la propia
dirección de la empresa que los utiliza, aprovechando su preocupación e
inquietud ante su futuro, para usarlos como arma arrojadiza contra los
delegados electos de CSC.
Así, la Coordinadora Sindical de Clase
respalda plenamente la decisión tomada en defensa de los puestos de trabajo en
ASNT por parte de la mayoría de los trabajadores, dirigidos por su Comité
de Empresa y por CSC y exige a la dirección de ABENGOA que cese en su campaña
de acoso y coacciones contra los representantes legales de los trabajadores de
ASNT.
Asimismo, pedimos a los trabajadores que están
participando en esta campaña de presión contra los delegados de CSC,
promocionada e instigada desde la dirección de la empresa, que reflexionen y
entiendan que todos los movimientos y todas las decisiones que han tomado los
representantes de los trabajadores de ASNT en Palmas Altas se han realizado
desde la transparencia y la participación democrática de toda la plantilla y en
beneficio del colectivo.
¿Qué es la Coordinadora Sindical de Clase?
La Coordinadora Sindical de Clase es una
organización sindical que reivindica el sindicalismo de clase en el estado
español ante la deriva del sindicalismo en los últimos 40 años. Llevamos ya
varios años defendiendo los derechos de los trabajadores y las trabajadoras en
diferentes empresas recuperando el verdadero sindicalismo de clase.
En 2013 dimos un paso
cualitativo desde la coordinación a una estructura legalizada que facilita la
adhesión tanto de organizaciones sindicales existentes como de trabajadoras y
trabajadores individuales para la creación de nuevas secciones sindicales en
las empresas.
Confrontamos con el pacto
social así como con el sindicalismo entreguista que ha llevado al conjunto de
la clase trabajadora a la pérdida de sus derechos históricamente conseguidos.
La Coordinadora Sindical de
Clase (CSC) tiene presencia, a lo largo del Estado español, en importantes
empresas como Telefónica, Iberia, Ayesa Advanced Technologies, Everis, Grupo Abengoa,
Casa de la Moneda (FNMT), Ryanair, Ayuntamiento de Madrid, Ayuntamiento de
Valdemoro, Ferroser, Urbaser, etc.
COORDINADORA SINDICAL DE CLASE
(C.S.C.)
0 comments:
Publicar un comentario